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Declaración anual de personas físicas: quién la presenta y cómo se calcula

Ilustración de una declaración lista para enviar

La declaración anual de personas físicas es el trámite en el que le reportas al SAT todo lo que ganaste durante un año, calculas el ISR que realmente te correspondía y lo comparas con lo que ya te retuvieron o pagaste. El resultado puede ser un saldo a favor (el SAT te devuelve dinero), un saldo a cargo (tienes que pagar la diferencia) o cero. Se presenta en abril del año siguiente al que declaras. En esta guía te explicamos quién está obligado, cómo se calcula con la tarifa anual 2026 y cuáles son los pasos generales en el portal del SAT.

¿Cuándo se presenta?

Las personas físicas presentan su declaración anual durante el mes de abril del año siguiente. Es decir, los ingresos de 2026 se declaran en abril de 2027. Si te conviene porque tienes saldo a favor, presentarla al inicio del periodo suele acelerar la devolución.

¿Quién está obligado a presentarla?

No todos los contribuyentes tienen que presentarla. Si eres asalariado con un solo patrón y ganas poco, normalmente tu patrón hace el cálculo anual por ti. Pero estás obligado si te encuentras en alguno de estos casos:

  • Tus ingresos anuales superaron $400,000.
  • Trabajaste para dos o más patrones en el año, aunque haya sido al mismo tiempo o uno después de otro.
  • Recibiste ingresos por indemnización o jubilación (por ejemplo, una liquidación que superó la parte exenta).
  • Obtuviste ingresos distintos al sueldo: honorarios, actividades empresariales, arrendamiento, RESICO, intereses reales por encima del monto exento, entre otros.
  • Dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre o tu patrón no hizo el cálculo anual.
  • Obtuviste ingresos del extranjero o de personas no obligadas a retener.

Aunque no estés obligado, puedes presentarla de forma voluntaria. Esto es muy común cuando tienes deducciones personales (médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios) que pueden generarte un saldo a favor.

Ojo: presentarla voluntariamente no siempre significa recibir dinero. Si al hacer el cálculo resulta saldo a cargo, tendrás que pagarlo. Haz una estimación antes de enviarla y revisa con cuidado cada dato.

¿Cómo se calcula el ISR anual?

El cálculo sigue la misma lógica que el mensual, pero con los ingresos de todo el año y la tarifa anual:

  1. Sumas tus ingresos acumulables del año (la parte gravada de tu sueldo, honorarios, rentas, etc.).
  2. Restas las deducciones autorizadas de tu actividad (si aplica) y tus deducciones personales.
  3. El resultado es tu base gravable anual. Le aplicas la tarifa anual 2026: restas el límite inferior, multiplicas el excedente por el porcentaje y sumas la cuota fija.
  4. Al ISR anual le restas las retenciones de tus patrones o clientes y los pagos provisionales que ya hiciste.
  5. Si lo que ya pagaste es mayor, tienes saldo a favor; si es menor, saldo a cargo.

Tarifa anual de ISR 2026

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre excedente
$0.01$10,135.11$0.001.92%
$10,135.12$86,022.11$194.596.40%
$86,022.12$151,176.19$5,051.3710.88%
$151,176.20$175,735.66$12,140.1316.00%
$175,735.67$210,403.69$16,069.6417.92%
$210,403.70$424,353.97$22,282.1421.36%
$424,353.98$668,840.14$67,981.9223.52%
$668,840.15$1,276,925.98$125,485.0730.00%
$1,276,925.99$1,702,567.97$307,910.8132.00%
$1,702,567.98$5,107,703.92$444,116.2334.00%
$5,107,703.93En adelante$1,601,862.4635.00%

Las tarifas se actualizaron para 2026 porque la inflación acumulada superó el 10%, como marca el artículo 152 de la Ley del ISR. Si quieres ver también la tabla mensual, consulta la tabla ISR 2026.

Ejemplo: asalariado con deducciones personales

Luis ganó durante 2026 un sueldo gravado de $40,000 mensuales, es decir, $480,000 en el año. Su patrón le retuvo cada mes $6,755.82 de ISR con la tarifa mensual, lo que da $81,069.84 en el año. Además, Luis tuvo $30,000 de gastos médicos y dentales pagados con tarjeta y con factura a su nombre.

Primero revisamos el límite de deducciones personales: el menor entre 5 UMA anuales ($213,973.20) y el 15% de sus ingresos ($72,000). Sus $30,000 están dentro del límite, así que los puede deducir completos.

ConceptoImporte
Ingresos gravados del año$480,000.00
(−) Deducciones personales$30,000.00
Base gravable anual$450,000.00
(−) Límite inferior$424,353.98
Excedente$25,646.02
(×) 23.52%$6,031.94
(+) Cuota fija$67,981.92
ISR anual$74,013.86
(−) ISR retenido por el patrón$81,069.84
Saldo a favor$7,055.98

Sin las deducciones, el ISR anual sobre $480,000 habría sido de $81,069.86, prácticamente igual a lo retenido. Es decir, casi todo el saldo a favor de Luis viene de sus deducciones personales. Por eso vale la pena pedir factura de tus gastos médicos y pagarlos con medios electrónicos.

Ilustración de banca en línea

Saldo a favor vs. saldo a cargo

Saldo a favor

Significa que pagaste más ISR del que te correspondía. Al presentar la declaración, puedes solicitar la devolución a tu cuenta bancaria indicando tu CLABE (debe estar a tu nombre). Si el monto no es muy alto y tu declaración no tiene inconsistencias, la devolución automática suele llegar en pocas semanas. Necesitas tu e.firma para solicitarla cuando el saldo supera ciertos montos; el portal te lo indica en el momento.

Saldo a cargo

Significa que te retuvieron o pagaste menos de lo necesario. Pasa con frecuencia cuando tuviste dos patrones en el año (cada uno te retuvo como si fuera tu único ingreso) o cuando tienes honorarios o rentas. Al enviar la declaración, el SAT genera una línea de captura para pagar en tu banco. Si presentas en tiempo, en muchos casos puedes elegir pagar en parcialidades.

Tip: si cambias de trabajo a mitad de año, es muy probable que tengas saldo a cargo. Aparta algo de dinero cada mes para no llevarte una sorpresa en abril.

Pasos generales en el portal del SAT

El proceso cambia un poco cada año, pero en general se ve así:

  1. Reúne lo necesario: tu RFC y contraseña (o e.firma), tu CLABE si esperas saldo a favor, y revisa que tus facturas de deducciones estén a tu nombre.
  2. Entra al portal del SAT y busca la sección de declaración anual de personas físicas del ejercicio que corresponda.
  3. Revisa la información precargada: el SAT llena automáticamente tus ingresos por sueldos, las retenciones de tus patrones y las deducciones personales que encontró en tus facturas. Verifica cada dato contra tus recibos de nómina.
  4. Corrige o agrega lo que haga falta: ingresos que no aparecen, deducciones que no se cargaron o que no son tuyas.
  5. Revisa el cálculo del ISR anual y el resultado (saldo a favor, a cargo o cero).
  6. Envía la declaración y descarga el acuse de recibo.
  7. Paga o espera la devolución, según el resultado.

Un error frecuente es aceptar los datos precargados sin revisarlos. Compara los ingresos con tus recibos de nómina CFDI; si un patrón timbró mal un recibo, el cálculo saldrá distorsionado.

Casos especiales

  • RESICO: si tributas en este régimen, tu anual se calcula con tasas fijas sobre ingresos cobrados. Revisa nuestra guía de RESICO para personas físicas.
  • Honorarios y actividad empresarial: restas tus deducciones autorizadas de la actividad y tus pagos provisionales mensuales.
  • Liquidación o jubilación: la parte exenta (en indemnizaciones, 90 UMA por año de servicio) no se acumula; lo que excede sí debe declararse.

Errores comunes que conviene evitar

  • No revisar si un gasto médico se pagó en efectivo: no será deducible.
  • Olvidar ingresos de un segundo patrón o de una plataforma digital.
  • Poner una CLABE que no está a tu nombre, lo que retrasa la devolución.
  • Presentar fuera de plazo, lo que puede generar multas y recargos si tienes saldo a cargo.

Resumen

La declaración anual es tu oportunidad de ajustar cuentas con el SAT. Si estás obligado, preséntala en abril; si no lo estás pero tienes deducciones, probablemente te convenga hacerla para recuperar dinero. Antes de empezar, puedes estimar tu ISR con la Calculadora ISR y revisar qué gastos puedes deducir.

Haz tu cálculo: usa nuestra calculadora ISR 2026 — isr mensual, quincenal, semanal y anual con tarifa 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta la declaración anual de personas físicas?

Se presenta durante el mes de abril del año siguiente al que se declara. Los ingresos de 2026 se declaran en abril de 2027.

¿Estoy obligado si solo tengo un patrón?

Si tuviste un solo patrón todo el año y tus ingresos no superaron $400,000, en general no estás obligado, porque tu patrón hace el cálculo anual. Puedes presentarla voluntariamente si tienes deducciones personales.

¿Por qué me sale saldo a cargo si me retuvieron ISR?

Es común cuando tuviste dos o más patrones en el año, porque cada uno te retuvo como si fuera tu único ingreso. Al sumar todo, la tarifa anual te ubica en un rango más alto.

¿Cómo recibo mi saldo a favor?

Al presentar la declaración solicitas la devolución e indicas una CLABE bancaria a tu nombre. Si no hay inconsistencias, el SAT deposita el saldo en tu cuenta.

CI

Equipo editorial de Calculadora ISR MX

Redactamos y actualizamos nuestras guías con base en la Ley del ISR, la Ley Federal del Trabajo, la Resolución Miscelánea Fiscal y publicaciones del DOF. Conoce cómo trabajamos.

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